Con el proyecto de ley 3663/2018 se buscar colocar en los contratos de alquiler una cláusula de allanamiento en favor del propietario, con el fin de que éste pueda recuperar su inmueble por la resolución del contrato por falta de pago. Asimismo, el juez de lugar o notario público deberá ordenar el desalojo en quince días hábiles, si el arrendatario no acredita la vigencia del contrato de alquiler o la cancelación de lo adeudado en un plazo inicial de seis días hábiles.
La
formalización de la vivienda arrendable en el país sería una de las principales consecuencias de aprobarse el proyecto de ley; además de la llegada de productos inmobiliarios diseñados para el mercado del alquiler, ante una mayor predictibilidad para los inversionistas, afirma Rodolfo Bragagni, presidente de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (
ASEI).
"Lo que va a pasar es que vamos a traer el producto real. Antes yo tenía una casa, la divido en tres partes y empiezo a alquilar, pero eso no es un producto orgánico. Ahora yo tengo que diseñar lo que la gente necesita y alquilar lo que demanden. Eso es lo que va a pasar dentro de poco", explicó.
Si bien resaltó que actualmente "no existe un solo edificio hecho por una empresa particular diseñada exclusivamente para el alquiler", la iniciativa tendrá un impacto en las inversiones de la industria inmobiliaria y de la construcción.
El mecanismo propuesto, además, dijo que se articula correctamente con otras medidas del sector, como el Bono Mi Alquiler -ahora Renta Joven-, pendiente de ser aprobado, que otorga un subsidio de 30% del alquiler mensual ; y el proyecto aprobado en primera votación por el Pleno, que facilita el embargo de vecinos morosos en condominios, al establecer que las Juntas de Propietarios sean personas jurídicas.
"Este es el principio, si estamos en esa línea [de proyectos] dentro de muy poco vamos a empezar a absorber la demanda (de 600 mil personas) que está tomando la renta [informal] que se hace de forma inorgánica, que alquilan cuartos y propiedades que no son adecuadas", añadió, siempre que los proyectos vayan de la mano con un cambio de las normas tributarias a las inmobiliarias que emparejen el piso con el alquiler inorgánico.
OBSERVACIONESDe aprobarse el proyecto de desalojo notarial express, el arrendador contaría con una herramienta más eficaz pasa salvaguardar su derecho de propiedad. Al ser una vía alternativa a la judicial, se evitaría mayores dilaciones en la ejecución del desalojo, comenta Rossana Natteri, socia del Estudio Olaechea.
En ese sentido, considera importante tener en cuenta que el desalojo notarial express no aplica en todos los casos, sino que se establecen determinados requisitos a los contratos de arrendamiento tales como que el inmueble deberá estar inscrito en el Registro de Predios, celebrarse ante el notario público o juez letrado de paz, entre otros.
"En líneas generales el proyecto ayudaría a solucionar parte del gran problema de la carga judicial; sin embargo, debemos tomar en cuenta que debe existir un balance entre las partes involucradas", añadió.